¿Conoces los aspectos legales para desarrollar tu negocio? En Baker Tilly Panamá te asesoramos para que puedas iniciar y mantener el crecimiento en tu empresa.
El Istmo de Panamá obra bajo un régimen tributario territorial en el que las compañías o negocios residentes y no residentes son gravados solo sobre el ingreso generado en el país. Para ser más específicos, el ingreso gravable es aquel que obtienes antes de pagar impuestos federales y estatales. Es también la cantidad que adquieres antes de descontar las deducciones fiscales. Por ejemplo, esto aplica en los salarios, propinas, compensaciones por desempleo y valor de mercados para bienes o servicios intercambiados.
La tasa fija en Panamá es de 25%, las empresas con ingresos mayores a $1,5 millones deben pagar lo siguientes:
- 25% del ingreso neto gravable
- Cálculo alternativo de impuesto a la renta (CAIR)
- 4,67% sobre el ingreso gravable bruto
En caso tal que el contribuyente presente merme o su tasa efectiva rebase la tasa fija de 25%, el contribuyente podrá solicitar no aplicar el método CAIR.
Las empresas se pueden clasificar en:
- Microempresa: Es un negocio que factura menos de $150,000 al año.
- Pequeña empresa: Un negocio factura menos de $1, 000,000 al año.
- Mediana empresa: Puede ser cualquier negocio que una cantidad de facturación de hasta 2.5 millones de dólares al año.
En Panamá los emprendedores pueden buscar guía y apoyo en la Asociación de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) para dar comienzo a sus negocios. Si el empresario decide ser parte de AMPYME, la asociación les permite estar exento de pagar impuestos por dos años. Si en caso tal la empresa es mediana o más grande se deben pagar impuestos complentarios, impuestos sobre la renta y aviso de operaciones. En cambio los negocios micro o pequeños no deben pagar los impuestos complementarios. Estos impuestos complementarios son los que se les cobra a los accionistas de una empresa, cada accionistas cuando tienen ganancias deben pagar dividendos entonces el fisco le cobra un 4% de las ganancias, estas ganancias llevan el nombre de complementarios. También se encuentra el ingreso exento, el cual es un dinero que no está sujeto a impuestos. Por ejemplo entre ellos esta: la pensión de los hijos (as), las prestaciones sociales, donaciones, herencias y compensaciones por alguna lesión o enfermedad.
Otro punto a resaltar, es que si las empresas no pagan sus impuestos, el fisco tiene la potestad de multar a los dueños del negocio con recargos e intereses. Por ello, en Baker Tilly Panamá estamos comprometidos en brindarte la mejor calidad en asesoría con respecto a tus impuestos, para que puedas llevar un negocio de la mejor forma y cumpliendo con todos los aspectos legales.
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