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Ley 254 del 11 de noviembre de 2021

La Ley 254, introduce adecuaciones a la legislación en materia de transparencia fiscal internacional y de prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Este marco legal introduce una serie de elementos que las entidades reguladas, tendrán que ajustar en la gestión de cumplimiento y riesgo, con el fin de evitar sanciones y evitar riesgos reputacionales.

La Ley 254 de 2021, introduce cambios en la Ley 23 de 2015, lo que impacta en la gestión de cumplimiento y riesgo para los sujetos obligados financieros y no financieros. Dentro de las medidas y acciones a tomar se encuentra la identificación, evaluación y comprensión de los riesgos de prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, relacionadas con clientes, países o áreas geográficas, y productos, servicios, transacciones o canales de distribución.

El proceso de debida diligencia, debe permitir una identificación adecuada, verificación razonable y documentación pertinente a la persona o personas naturales que finalmente, directa o indirectamente, poseen, controlan y/o ejercen influencia significativa sobre el cliente o la relación de cuenta o la relación contractual y/o negocios, o la persona o personas naturales en cuyo nombre o beneficio se realiza una transacción. Incluye a la persona o personas naturales que ejercen control efectivo final sobre una persona jurídica o estructura jurídica.

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