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Impuesto de Remesas al Exterior

¿Qué son las remesas al exterior?

Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.
Base legal: Artículo 733 del C.F.


¿Quiénes están obligados a retener este impuesto?
Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.
Base Legal: Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Decreto Ejecutivo Reglamentario No.170 de 27 de octubre de 1993, modificado por el Decreto Ejecutivo 143 de 27 de octubre de 2005.

¿Cuál es la alícuota?
Se aplica la tarifa vigente al 50% de la suma retenida
Base legal: Las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, según sea el caso. Es decir, la tasa vigente. A partir del 1 de enero de 2011 y siguientes 25%
¿Cuál es el plazo que tengo para retener y pagar la remesa?
10 días siguientes a la fecha de retención.

¿Por qué se convierten en un costo o gasto no deducible?
Cuando el agente de retención no realiza la retención o no remite al Tesoro Nacional dentro del plazo establecido, las sumas retenidas, no podrá deducir como gasto los pagos sujetos a la obligación de retener. Salvo que el pago de las retenciones se haga dentro del mismo año fiscal en que las sumas pertinentes se deducen como gastos.

¿Qué otro impuesto debo retener y pagar?
Importante mencionar que, si el no residente realiza el servicio en Panamá adicionalmente se le debe retener ITBMS, asumiendo que la factura lo incluye. Para esto la norma da un factor de 0.065421, este ITBMS debe restar de la factura, para luego tener una nueva base imponible para calcular el impuesto de remesa al exterior.
Por lo antes expuesto, Si usted proveedores de servicio del extranjero que no han pagado el impuesto de remesas aún estas a tiempo para que no se les convierta en un costo o gasto no deducible.
Base legal: Artículo 17 del D.E. 84 del 26.agosto. 2005

¿Porque debo retener el ITBMS?
Debido al principio de territorialidad son afectados con este impuesto cuando éstos se realicen en territorio panameño, independientemente del lugar en que se haya celebrado el contrato y del domicilio, residencia o nacionalidad de quienes hayan intervenido en las operaciones, salvo lo dispuesto en los Parágrafos 7 y 8
Base legal: Artículo 1057v del C.F. parágrafo 3